INDIVIDUAL + FAMILIA-PATROCINADO INMIGRACIÓN
No vayas solo. La inmigración es una de las áreas más complejas de la ley estadounidense, y las descuidos menores pueden producir graves consecuencias negativas. Contratar a un abogado de inmigración para representar sus intereses es una sabia inversión. Nuestra firma mantiene un balance de costo-beneficio sustentable y equitativo en su plan de honorarios planos, cobrando honorarios de abogado de acuerdo con servicios legales de alta calidad.
Considere el valor que usted coloca en su familia, su hogar, y su trabajo, cada uno de los cuales usted pone en peligro al intentar auto-navegar el complejo, confuso, y a menudo contradictorio sistema legal de inmigración. No hay lugar para el error, así que sopese su inversión en abogados experimentados de inmigración contra el costo de un beneficio de inmigración negado, una retirada forzada de los Estados Unidos, una separación de la familia, o una pérdida de empleo o de la comunidad.
"Las Leyes Tributarias y Los Actos de Inmigración y Nacionalidad son ejemplos que hemos citado del ingenio del Congreso al aprobar los estatutos para acelerar el proceso de envejecimiento de los jueces."-Lok v. INS, 546 F.2d 37, 38 (2d Cir. 1977)
"La inmigración es un misterio y un dominio de la ofuscación." - La Portavoz de Legacy-INS Karen Kraushaar, citada en el Washington Post, el 24 de abril de 2001 sección del metro, en el artículo titulado "Md. Family Atrapados en el Laberinto de Inmigración - Después de los Cambios en La Ley, Las Caras de Pareja Deportación
"El esquema estatutario que define y delimita los derechos de los extranjeros es sumamente complejo. Los tribunales y comentaristas han declarado que la ley de inmigración y nacionalidad (la "INA") se asemeja al laberinto del Rey Mino en la antigua Creta, y es "segundo sólo al código de ingresos internos en la complejidad". "- Chan v. Reno, 1997 U.S. Dist. LEXIS 30 16 (S.D.N.Y. 1997) ( citando Lok v. INS, 546 F.2d 37, 38 (2d Cir. 1977) y Castro-o-Ryan v. I.N.S., 821 F.2d 1415, 1419 (9th Cir. 1987))
"Este caso ilustra vívidamente el carácter del laberinto de la ley de inmigración moderna-un laberinto de estatuas hiper-técnicas y reglamentos que engendran los desechos, el retraso y la confusión para el gobierno y los peticionarios por igual. El hermetismo del actual sistema de leyes de inmigración, y la interacción de las numerosas enmiendas y alteraciones a ese sistema por el Congreso... han generado años de litigio... y consumieron recursos significativos de esta Corte. "- Drax v. Reno, 338 F.3d 98, 99-100 (2d. Cir. 2003)
Los inmigrantes representados en detención que tienen una audiencia de custodia tienen cuatro veces más probabilidades de ser liberados de la detención (44% con el abogado v. 11% sin). Los inmigrantes representados son mucho más propensos a solicitar alivio de la deportación. Los inmigrantes detenidos con asesoría son casi 11 veces más propensos a buscar alivio que los que no tienen representación (32% con el abogado v. 3% sin). Los inmigrantes que nunca fueron detenidos son cinco veces más propensos a buscar alivio si tienen un abogado (78% con abogado contra 15% sin). Los inmigrantes representados son más propensos a obtener el alivio migratorio que buscan. Entre los inmigrantes detenidos, los que tienen representación tienen el doble de probabilidades que los inmigrantes no representados de obtener ayuda de inmigración si lo buscan (49% con el abogado v. 23% sin). Los inmigrantes representados que nunca fueron detenidos son casi cinco veces más propensos que sus homólogos no representados a obtener alivio si lo buscan (63% con el abogado v. 13% sin). - Consejo Americano de inmigración
"La ley de inmigración es muy compleja." - Castro-O-Ryan v. INS, 847 F.2d 1307, 1312 (9th Cir. 1988); Escobar Grijalva v. INS, 206 F. 3D 1331 (9th Cir. 2000)
Nuestra firma se distingue por nuestro enfoque de modelo boutique para la abogacía de inmigrantes especializados dentro de una industria legal cada vez más conglomerada. Matthews Immigration Group posee un trasfondo interdisciplinario con experiencia única y singularmente centrado en las necesidades de inmigración de nuestros clientes. Ofrecemos un compromiso inquebrantable con el servicio al cliente y la educación, la promoción, la integración de la tecnología en la preparación de casos para maximizar la eficiencia y la transparencia, y los honorarios planos altamente competitivos e inclusivos. No buscamos ser el mayor proveedor de servicios de inmigración-buscamos ser excepcionales. No somos una mega-firma de la línea de montaje que mira y trata a ciudadanos extranjeros como mercancías. Nuestro modelo de negocio nos permite ser selectivos con los clientes y casos que representamos para que podamos ofrecer a cada cliente la atención personalizada que ellos requieren y merecen.
Asistimos a individuos, parejas y familias con los siguientes asuntos migratorios:
VISAS DE TRABAJO AUTO-SOLICITANTES
Visas de Inmigrante para Auto-Peticionarios Altamente Calificados
Auto-Peticionarios de Extraordinaria Capacidad
(EB-1A)
Las personas pueden ser "patrocinadas" para la residencia permanente de los empleadores basándose en una oferta de empleo permanente y a tiempo completo. En algunos casos, que involucran a personas de extraordinaria capacidad y reconocimiento internacional, es posible la auto-petición de residencia permanente. Esta categoría está reservada para el mejor absoluto y el más brillante; el pequeño porcentaje que ha subido a los niveles más altos en sus campos de empeño, y cuyos logros han sido reconocidos por la aclamación nacional o internacional sostenida.
Auto-Peticionarios de Exenciones de Intereses Nacionales Bajo la Segunda Categoría de Preferencia Basada en el Empleo
(EB-2)
Esta categoría está reservada para individuos con grados avanzados (o el equivalente) o individuos de habilidad excepcional en las Ciencias, las artes, o negocios. La certificación laboral (Perm) se requiere para esta categoría, excepto para individuos cuyos casos caen bajo una excepción muy limitada que renuncia a la certificación laboral en el interés nacional (es decir, una "exención de interés nacional").
Grado Avanzado o el Equivalente
(EB-2A)
Un título avanzado es un título de posgrado, por ejemplo, un Máster o un doctorado (o equivalente extranjero). El equivalente a un Máster, a efectos de esta categoría, es una licenciatura de cuatro años seguida de cinco años de experiencia progresiva demostrada por el avance de los niveles de responsabilidad y conocimiento en la especialidad.
Capacidad Excepcional
(EB-2B)
"Un grado de pericia significativamente superior al que ordinariamente se encuentra." La evidencia de habilidad excepcional puede incluir un grado avanzado en el área de especialización, por lo menos 10 años de experiencia, una licencia para practicar la profesión, y el reconocimiento de la industria o de pares para logros o contribuciones al campo.
VISITANTES
Visas de No-Inmigrante para Visitantes de Negocios + Turistas
B-1: Visitantes Temporales para Negocios
B-2: Placer (Turismo + Vacaciones) Visitantes + Visitantes para el Tratamiento Médico
BCC: Tarjetas de Paso Fronterizo (Nacionales Mexicanos)
WB: Programa de Exención de Visas
GB: Visitantes Temporales para Negocios (Limitado a Guam)
ESTUDIANTES + INTERCAMBIO DE VISITANTES
Visas de No-Inmigrante para Estudiantes + Visitantes de Intercambio
Estudiantes Académicos (SEVIS requerido)
F-1: estudiantes académicos
F-2: cónyuges + hijos de f-1s
F-3 estudiantes académicos mexicanos + canadienses "conmuter frontera"
Visitantes de Intercambio (SEVIS requerido)
J-1: visitantes de intercambio
J-2: cónyuges + hijos de j-1s
Estudiantes Vocacionales + de Idiomas (SEVIS requerido)
M-1: estudiantes vocacionales u otros no académicos
M-2: cónyuges + hijos de m-1s
M-3 estudiantes vocacionales mexicanos + canadienses "conmuter de frontera"
Visitantes de Intercambio Cultural Internacional (USCIS requerido)
Q-1: visitantes de intercambio cultural internacional
Q-2: proceso de paz irlandés cultural + programa de capacitación (visas Walsh)
Q-3: cónyuges + hijos de q-2s
Graduados Médicos Extranjeros (FMGs)
Ver categorías E-2, H-1B, J-1, O-1, + TN.
PROMETIDO(A)S + CIERTOS MIEMBROS DE LA FAMILIA
Visas de no-inmigrante para prometido (a) s + ciertos miembros de la familia
Prometido (a) s + cónyuges de ciudadanos de los Estados Unidos
K-1: prometido (a) s de los ciudadanos de los Estados Unidos
K-2: hijos menores de k-1s
K-3: cónyuges de ciudadanos de los Estados Unidos
K-4: niños de k-3S
Padres e hijos de "inmigrantes especiales"
N-8: padres de SK-3 "inmigrantes especiales"
N-9: los niños de n-8, SK-1, SK-2, o SK-4 "inmigrantes especiales"
Algunos beneficiarios de segunda preferencia
V-1: cónyuges de residentes permanentes legítimos que son los principales beneficiarios de una petición basada en la familia presentada antes del 21 de diciembre de 2000, + pendiente de tres años o más
V-2: hijos de residentes permanentes legítimos que son los principales beneficiarios de una petición basada en la familia presentada antes del 21 de diciembre de 2000, + pendiente por tres años o más
OTRAS VISAS DE NO INMIGRANTE
Visas de No-Inmigrante para Otras Categorías, Incluyendo Diplomáticos + Funcionarios Internacionales
Extranjeros en Tránsito
C-1: Los Extranjeros en Tránsito Directamente a Través de los Estados Unidos
C-1D: Tránsito Combinado + Visa de Tripulantes
C-2: Extranjeros en Tránsito al Distrito de la Sede de las Naciones Unidas Bajo la Sección 11. (3), (4), o (5) del Acuerdo de la Sede
C-3: Funcionarios del Gobierno Extranjero en Tránsito, Socios Familiares Inmediatos, Asistentes, Sirvientes, + Empleados Personales
C-4: Tránsito Sin Visados
Tripulantes
D-1: Tripulantes Que Salen en la Misma Nave de Llegada
D-2: Tripulantes Que Salen por Medios Distintos del Buque de Llegada
Funcionarios del Gobierno Extranjero a Organizaciones Internacionales (FGOs)
G-1: Principales Representantes Residentes de Gobiernos Extranjeros Reconocidos a Organizaciones Internacionales + Socios Familiares Inmediatos
G-2: Otros Representantes del Reconocido Gobierno de Miembros Extranjeros a Organizaciones Internacionales + Socios Familiares Inmediatos
G-3: Representantes de Gobiernos No Reconocidos o No Miembros de Organizaciones Internacionales + Socios Familiares Inmediatos
G-4: Organizaciones Internacionales Oficiales + Empleados, + Socios Familiares Inmediatos
G-5: Asistentes, Sirvientes y Empleados Personales de G-1s, G-2s, G-3s, G-4s, + Socios Familiares Inmediatos
Organización del Tratado del Atlántico Norte ("OTAN")
NATO-1: principales representantes permanentes de los Estados miembros a la OTAN, socios oficiales residentes, + socios familiares inmediatos
NATO-2: otros representantes de los Estados miembros, dependientes de socios de una fuerza que entra de acuerdo con las disposiciones del acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas de la OTAN, + socios de dicha fuerza
NATO-3: personal administrativo oficial que acompaña a los representantes de los Estados miembros a la OTAN + socios familiares inmediatos
NATO-4: funcionarios de la OTAN distintos de los calificados como nato-1s + socios familiares inmediatos
NATO-5: expertos distintos de los funcionarios de la OTAN calificados como nato-4S, empleados en nombre de la OTAN + socios familiares inmediatos
NATO-6: socios de componentes civiles que están acompañando a una fuerza que entra de acuerdo con las disposiciones del acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas de la OTAN, adscrita a una sede aliada en virtud del Protocolo sobre la situación de la organización militar internacional Sede de la OTAN, + dependientes
NATO-7: sirvientes + empleados personales de la NATO-1s, NATO-2s, NATO-3s, NATO-4s, NATO-5s, NATO-6s, + socios familiares inmediatos
Testigos + informantes
S-5: informantes de organizaciones criminales
S-6: informantes del terrorismo
Víctimas de la trata de personas (USCIS requerido)
T-1: víctimas de la trata de personas
T-2: cónyuges de t-1s
T-3: niños de t-1s
T-4: padres de t-1s menores de 21 años de edad
Victimas de actividad criminal (USCIS requerido)
U-1: víctimas de actividades delictivas
U-2: cónyuges de u-1s
U-3: los niños de u-1s
U-4: padres de u-1s menores de 21 años de edad
VISAS DE INMIGRANTE PATROCINADAS POR LA FAMILIA (TARJETAS VERDES)
Peticiones relativas inmediatas (IRP)
Cónyuges, hijos solteros (menores de 21 años de edad), + padres de ciudadanos de los Estados Unidos
FS-1
Hijos solteros + hijas (mayores de 21 años de edad) de los ciudadanos de los Estados Unidos
FS-2A
Cónyuges + hijos (menores de 21 años de edad) de residentes permanentes legítimos
FS-2B
Hijos solteros + hijas (mayores de 21 años de edad) de residentes permanentes legítimos
FS-3
Hijos casados de ciudadanos de los Estados Unidos
FS-4
Hermanos de adultos ciudadanos de los Estados Unidos
ELIMINACIÓN DE DEFENSA + SERVICIOS ADICIONALES
Ajuste del Estado
Asilo Afirmativo
Tramitación Consular
Asuntos de Inmigración Criminal
Acción Diferida para las Llegadas de la Niñez (DACA)
Defensa de Deportación/Eliminación
Asuntos de Empleo
Socorro Humanitario
Audiencias de Bonos de Inmigración
Adopción Internacional
Exenciones J-1
LGBTQ + Asuntos Familiares
NACARA
Naturalización/Ciudadanía
Avisos de Intención de Negar (NOID)
Solicitudes de Pruebas (RFE)
Eliminación de las Condiciones
Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJS)
Exenciones de Estados Unidos
TPS
VAWA